Salta, un Estado autoritario (el caso de la abogada atrincherada en una oficina pública) Por Natalia Buira, Master en Derechos Fundamentales

El país y la provincia han cumplido desde 1983 a la fecha 38 años de retorno a la democracia luego del oscuro período de terrorismo de Estado que vivió nuestro país.

Pero no debemos suponer que la democracia como los derechos y garantías constitucionales se conquistan de una vez para siempre. Debemos analizar si nos encontramos frente a un Estado provincial
autoritario o democrático.

Para poder determinar el carácter del Estado provincial analizaremos un reciente caso que
ha alertado a la opinión pública salteña.

En la madrugada del día 15 de diciembre las fuerzas policiales de élite conocidas bajo el nombre de GOPAR, entrenadas para actuar ante delitos considerados de alta complejidad como toma de rehenes o peligrosos delincuentes, arrestó- por pedido del Ministerio Público Fiscal al que accedió el Poder Judicial por intermedio del juez Colombo- a dos abogadas mujeres sacando esposada a la Dra. Liliana Hermosilla, jefa interina de Asuntos Jurídicos de la Cámara de Diputados de la Provincia.

Este desmesurado espectáculo y exhibición de poder absoluto de las fuerzas de élite del GOPAR frente a dos ciudadanas indefensas no fue improvisado sino calculado y premeditado por las autoridades para mandar a la sociedad y a los ciudadanos un claro y aterrador mensaje de disciplinamiento y silenciamiento de las críticas hacia los actos de las autoridades de la Provincia.

La Dra. Hermosilla había denunciado a las más altas autoridades de la Cámara de Diputados: su presidente y su secretario administrativo por nombramientos y autonombramientos irregulares en violación a lo normado por la Constitución Provincial y Nacional. Ambas constituciones establecen que la idoneidad es la condición para acceder al empleo público y esta idoneidad se demuestra en concursos públicos de antecedentes y oposición (art. 16 de la C. Nacional y art.61 de la C. Provincial que establece que se accede a los empleos y cargos públicos mediante sistemas objetivos de selección). Es un principio republicano la transparencia en los nombramientos de cargos públicos y el haber seguido todos los pasos legales previos para la creación de nuevos cargos públicos que alteren el organigrama de una
Institución en este caso la Cámara de Diputados.

El artículo 61 de la Constitución Provincial establece que la administración pública, sus funcionarios y agentes sirven exclusivamente a los intereses del Pueblo, que son los intereses generales de la sociedad- esos mismos intereses que el Ministerio Público Fiscal debe proteger por mandato constitucional- y estatuye igualmente que actúa de acuerdo a los principios de sujeción al orden jurídico y publicidad de los actos.

El artículo 63 de la Constitución Nacional a su vez establece que atentará contra el sistema democrático quien incurriere en delito doloso contra el Estado que conlleve enriquecimiento, quedando inhabilitado por el tiempo que las leyes determinen para ocupar cargos o empleos públicos.

Toda esta normativa constitucional ha sido invocada por la Dra. Hermosilla en las entrevistas periodísticas donde denunció desde el mes de noviembre el irregular actuar de las altas autoridades de la Cámara de Diputados, denuncia que también realizó ante la Cámara de Diputados de la Provincia. Consecuencia de esas denuncias fue la resolución de las autoridades de la Cámara de dejar sin efecto la designación interina de la Dra. Hermosilla como jefa de Asesoría Jurídica. Paradojalmente la Legislatura salteña sancionó en el año 2015 la Ley 7888 de Protección contra la violencia de género, que protege a las mujeres de la violencia laboral e institucional para que las mujeres vivamos en un mundo laboral libre de violencias.

Cabe preguntarnos qué clase de Ministerio Público Fiscal y que clase de Poder Judicial queremos los ciudadanos salteños. Si unas instituciones que lejos de iniciar de forma urgente y de oficio la investigación de los eventuales delitos que una funcionaria pública se encuentra denunciando y que han adquirido público conocimiento o si la urgencia será empleada por estas mismas instituciones para protección de los poderosos denunciados y para arresto y detención de quienes denuncian al poder y su inconstitucional proceder.

Hemos llegado en Salta a tal precariedad de las instituciones que la urgencia solo funciona en el Ministerio Público Fiscal y en el Poder Judicial para apañar a las autoridades públicas que actúan al margen de la legalidad constitucional y para detener y silenciar a las voces críticas que se alzan contra el poder abusivo.

Salta se ha convertido en un Estado autoritario y violento por eso se ha llegado a que las fuerzas policiales de élite GOPAR en las primeras horas de la madrugada- siendo noche cerrada- proceda a detener por orden judicial a pedido del Ministerio Público Fiscal a dos abogadas mujeres, una de ellas funcionaria que ha denunciado a las autoridades de la Cámara de Diputados sin que ningún fiscal investigue los hechos denunciados. El Estado de Salta es un estado violento y más violento aún hacia las mujeres que hablan y denuncian los abusos del poder.

El huevo de la serpiente, la famosa película de Bergman, transmite la idea que la depresión
económica y social, el miedo y la indiferencia ante la injusticia siembran la semilla de lo que vendrá, por eso es que los ciudadanos y las ciudadanas debemos estar alertas y expresarnos sin miedo y sin indiferencia ante la injusticia para custodiar la democracia.

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