ESCRIBANÍAS: Otro servicio esencial en la cuarentena

Se ampliaron los alcances del DNU del decreto 297/20 del presidente de la Nación, Alberto Fernández. Los escribanos y las escribanas, podrán cumplir algunas actividades que permitan el correcto desarrollo de los otros servicios habilitados por el Gobierno.

Las escribanías pasarán a ser consideradas “servicios esenciales” en el marco de la cuarentena general y obligatoria dispuesta por el Gobierno de la Nación. La medida se especificó este lunes 6 de abril, mediante una ampliación del DNU que establece la emergencia sanitaria en todo el territorio nacional.

Según se publicó en el Boletín Oficial, se incorpora a la actividad notarial, “cuando la misma se encuentre limitada exclusivamente a posibilitar el cumplimiento de las actividades y servicios de que da cuenta la pre citada normativa u otra que pudiera en el futuro ampliar el listado de actividades y servicios esenciales, debiéndose otorgar los actos notariales del caso sólo con la intervención de las personas indispensables para ello, evitando todo tipo de reuniones”.

Asimismo, la medida establece que “todo requerimiento de servicio notarial tendiente a evitar el traslado o circulación de personas consideradas de riesgo por la normativa vigente, efectuado por los titulares y las titulares de un beneficio de la Administración Nacional De La Seguridad Social para el cobro de Jubilaciones, Pensiones, Asignación Universal por Hijo, Asignación Universal por Embarazo, Ingreso Familiar de Emergencia o beneficio similar que se dictare en el futuro será otorgado en forma gratuita”. Es decir que no se cobrarán honorarios, pero sí correrán por cuenta del interesado los gastos de sellado, estampillados, aportes, entre otros.

Ayuda para Jubilados y Jubiladas en Salta

Carlos Baldi, presidente del Colegio de Escribanos de Salta, había adelantado que la institución se puso a disposición del Gobierno de la Provincia, para realizar este tipo de actividades notariales y establecer un protocolo para ello.

“Ayudando a los jubilados con autorizaciones y poderes para que pudieran otorgarle a algún pariente a fin de no exponerse ante el aislamiento, es una manera que tenemos de intervenir. Otras actividades que consideramos que pueden ser importantes, según nuestro punto de vista, es lo que concierne a la parte sanitaria y alimenticia, actos relacionados con empresas que deban pagar sueldos. En todo esto nos pusimos a disposición del Gobernador”, manifestó Baldi.

Además, Baldi destacó: “Hace tiempo que el Colegio de Escribanos de Salta tiene como política, que parte de la consciencia de nuestro rol social, el no cobrar honorarios por ese tipo de autorizaciones a los jubilados para el cobro de sus haberes. Solamente tendrán que abonar los gastos que genera el trámite, por ejemplo, el impuesto al sello, pero los honorarios del escribano no se cobran”.

Líneas de atención a consultas: 387 481 3640 – 387 481 3641  Línea exclusiva mensaje de Whatsapp 387 613 7822 y consultas por mail a: contacto@escribanos-salta.org.ar.

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